Un juzgado de Logroño reconoce a una trabajadora el derecho a elegir la concreción horaria en la reducción de jornada para cuidado de una menor fuera del sistema de turnos alternos que realizaba como jornada ordinaria, fijando el turno siempre de mañana. La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se refiere a la demanda formulada por los Servicios Jurídicos de USO La Rioja. En el fallo, contra el que no cabe recurso, el Juzgado de lo Social número 1 de Logroño estima la demanda de la trabajadora.

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