El hecho de que la empresa no haya seguido los cauces legales del ET para proceder a una modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo, adoptando su decisión de forma unilateral, no impide la aplicación de dicha normativa y, en consecuencia, es aplicable la previsión legal sobre el plazo de caducidad para el ejercicio de esta clase de acciones. STA TS 02-06-2017.

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