Despido disciplinario procedente a una trabajadora que se marchó de vacaciones pese a la negativa de la empresa, notificada convenientemente y que circunscribía su disfrute a los períodos estivales, amparándose en una autorización previa que quedó luego desvirtuada. La negativa al disfrute en dichas fechas, podría haber sido impugnada por la trabajadora, si la consideraba no ajustada a derecho, pero no es posible su desobediencia unilateral. STA TSJ Navarra 17-04-2018.
Economista
Fundador del despacho hace más de 35 años.
Licenciado en Económicas por la Universidad de Alicante.