El Instituto Valenciano de Finanzas, publica en el Boletín Oficial de la Generalitat, la Convocatoria de préstamos bonificados para: 

–    Pymes               
–    Autónomos y Microempresas     
–    Grandes Empresas     
–    Afectados DANA      

Las principales características de todas las convocatorias son:

1.- Objeto: otogar préstamos bonificados para la financiación de proyectos empresariales desarrollados por cada una de las modalidades de empresa.

2.- Proyectos: 

  • Renovación de instalaciones, maquinaria y equipos.
  • Reposición de capital circulante
  • Crecimiento de capacidad productiva
  • Diversificaicón de la producción.
  • Cambio del proceso  productivo qye suponga una mayor eficiendcia energétiva en la provisión de bienes y servicios.
  • Refinanciación de cuotas de los 12 meses siguientes a la solicitud de financiación de arrendamiento financiero u préstamos a largo plazo contraídos con anterioridad a la convocatoris vinculados a la actividad de la sociedad. (Sólo para afectados DANA).

3.- Requisitos para ser beneficiarios:

  • Cumplir con las condiciones de ser considerado: pyme, microempresa o en el caso de solicitantes afectados por la DANA, acreditar que el temporal ha causado daños en elementos patrimoniales en el capital fijo superiores a 15.000 euros en el caso de autónomos o empresa de menos de 6 trabajadores o 25.000 euros si es una empresa de más de 5 trabajadores.
  • Acreditar al IVF el otorgamiento de un aval que constituya una garantía efectiva de cobro que cubra el 100% del valor y los intereses del préstamo.
  • El solicitante debe contar con una calificación crediticia superior a B
  • Estar al corriente con todas las Administraciones.

4.- Presentación de las solicitudes:

  • Las solicitudes serán online con certificado electrónico en https://prestamos.ivf.es.
  • Se podrán solicitar a partir del 18 de febrero hasta agotar el presupuesto.

5.- Documentación necesaria:

  • Impreso de solicitud que incluirá la memoria económica del proyecto y la autorización para que el IVF compruebe la situación tributaria del solicitante.
  • Identificación del solicitante mediante NIF o escrituras de representación.
  • Cuentas anuales de los dos últimos ejercicios cerrados.
  • Impuesto de sociedades o renta de los dos últimos ejercicios.
  • Informe de riesgos emitido por la Central de Información de Riesgos del Banco de España
  • Certificado de aval otorgado por el banco
  • Documentación que acredite que el establecimiento radica en la Comunidad Valenciana.
  • Solicitud de la compañía aseguradora de indemnización a favor del solicitante como compensación de los daños causados por la DANA. 
  • (Sólo para solicitudes afectados DANA).

6.- Gastos financiables:
Consistirán en la adquisición o reparación de activos materiales, inmateriales y elementos de activo circulante que se realicen con posterioridad o en los 6 meses anteriores a la solicitud de financiación y cuyo importe sea superior a 500 €.


6.1- Activos materiales e inmateriales.

  • Adquisición y acondicionamiento de terrenos para su utilización en la producción de bienes y servicios que constituyan la actividad de la empresa.
  • Adquisición y construcción de naves industriales
  • Adquisición de equipamiento tecnológico vinculado a las tecnologías de la información y comunicación.
  • Maquinaria, herramientas, moldes,…
  • Mobiliario
  • Vehículos industriales y elementos de transporte afectos hasta un importe de 15.000 euros.
  • Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva de la empresa.

6.2- Elementos del capital circulante:

  • Costes de consumibles, materias primas, materiales
  • Gastos de personal (coste salarial y de seguridad social)
  • Asesoramiento, seguros, mantenimientos y reparaciones,..
  • Alquiler de locales.
  • Comisión bancaria cargada financiación aval IVF.
  •  

7.- Justificación de los gastos financiables:

  • Habrán de justificar la aplicación de los fondos mediante copia de las facturas.
  • Salvo que el gasto hubiera sido realizado con anterioridad a la solicitud de financiación, la empresa deberá disponer de cómo mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previa a la contratación cuando el importe del gasto supere 40.000 euros para contratos de obra o 15.000 euros para contratos de servicios o suministros.

8.- Características de los préstamos:

  • El Valor Nominal del préstamo será de entre 25.000 euros y 750.000 euros, siempre sin superar el 80% de los gastos financiables.
  • El plazo de amortización será de entre 3 y 10 años, con posibilidad de hasta dos años de carencia en el principal. (El periodo de carencia podrá ser de hasta 4 años para microempresas y autónomos cuya actividad sea la producción primaria de productos agrícolas)
  • El tipo de interés nominal de la financiación bonificada será EURIBOR A 1 AÑO con valor mínimo 0% más 1% diferencial. (El diferencial será del 0,75% para empresas cuyo establecimiento radique en un municipio afectado por la DANA).
  • Los préstamos se amortizarán trimestralmente junto con los intereses    

Estas son las principales características comunes para todas las convocatorias, aunque habrá especificaciones en función de los solicitantes.

Para cualquier aclaración, quedamos a su disposición 

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